DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por el ciudadano DORANTES VILLEGAS SERGIO DAVID, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-19.955.444, domiciliado en la calle 23 entre avenidas 7 y 8, casa s/n, municipio Independencia del estado Yaracuy; asistido por el abogado MELÉNDEZ SALIH JARNY ZABDY, Inpreabogado N° 168.923; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre los ciudadanos DORANTES VILLEGAS SERGIO DAVID, ya identificado, y la ciudadana GALINDEZ COLMENAREZ YESENIA MICAELA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-25.179.101, domiciliada en el paseo Guayabal entre las avenidas 6 y 7, casa Nº 11, municipio Independencia, estado Yaracuy, en fecha 29 de mayo del 2015, ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, tal como se evidencia del acta de matrimonio civil, signada con el N° 83, que anexa a la solicitud, y corre inserta a los folios 3, 4 y.....